Aumento Remunerativo
Se establece un incremento del 5% total sobre las escalas básicas vigentes.
Este porcentaje se calcula tomando como base los salarios básicos correspondientes al mes de marzo de 2026 sumados a los montos de carácter no remunerativo a dicha fecha.
Este incremento se abonará de forma escalonada y no acumulativa en tres tramos: 2% en abril, 1,5% en mayo y 1,5% en junio de 2026.
Sumas No Remunerativas
Prórroga: Las sumas fijas de $40.000 y $60.000 correspondientes a marzo se prorrogan bajo las mismas condiciones para los meses de abril, mayo y junio de 2026.
Nueva Recomposición: Se otorga una nueva suma única fija no remunerativa de $20.000, pagadera también con los salarios de los meses de abril, mayo y junio de 2026.
Incorporación: En el mes de julio de 2026, los últimos $100.000 ($40.000 más $60.000) y los últimos $20.000 correspondientes a junio pasarán a formar parte del sueldo básico nominal.
Estos importes no remunerativos deben considerarse para calcular presentismo, antigüedad, sueldo anual complementario, indemnizaciones por extinción del contrato, horas extraordinarias y vacaciones.
Aportes Extraordinarios
Se establece una obligación de pago excepcional y extraordinaria a cargo de los empleadores dirigida al sistema solidario de salud OSECAC.
Este importe es equivalente a $28.000 mensuales por cada trabajador dependiente.
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